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Documentos necesarios para recibir una asistencia

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    Documentos que deben acompañarse a la solicitud:

    En todos los casos.

    -Documento Nacional de Identidad o Libro de Familia. 
    -Para los extranjeros pasaporte. 
    -Para los estudiantes no universitarios, certificado del centro de estudios donde se especifique el curso y especialidad que realizan, así como el abono de -cuotas del Seguro Escolar. 
    -Para los estudiantes universitarios, resguardo del impreso de matrícula en el que conste el curso, facultad y abono de la cuota del Seguro Escolar. 
    -Resguardo del abono de cuotas del Seguro Escolar del curso anterior, a efectos de justificar la cotización de un año, excepto en caso de accidente escolar, prestación de infortunio familiar por fallecimiento y tocología (quedan exentos de este requisito los estudiantes que, durante el año académico anterior, hayan realizado estudios no incluidos en el Seguro Escolar). 


    Específica de cada prestación

    a) Prestaciones económicas propiamente dichas:

    Indemnizaciones por incapacidades derivadas de accidente escolar: 
    -Parte de accidente escolar. 
    -Certificado médico que especifique el proceso evolutivo e indique las secuelas definitivas, así como la disminución de la capacidad del accidentado, en orden a los estudios que realizaba. 

  • Indemnizaciones por gastos de sepelio derivados de accidente, sea o no escolar, y enfermedad: 
    -Parte de accidente (sólo si es accidente escolar). 
    -En caso de fallecimiento por enfermedad, informe médico en el que se haga constar que el afiliado ha fallecido a consecuencia de la misma en los dos años siguientes a la fecha en que la contrajo y que la imposibilidad de continuar los estudios ha durado hasta su muerte. 
    -Certificado de defunción tanto para accidente como enfermedad. 
  • Indemnizaciones por infortunio familiar. 
    -Libro de Familiar y título de familia numerosa cuando se ostente esta condición. 
    -Certificado de defunción, en caso de fallecimiento del cabeza de familia. 
    -Documento que especifique claramente el hecho causante de la ruina o quiebra, así como la fecha en que sucedió la misma, en su caso. 
    -En caso de prórroga de la prestación de infortunio familiar, certificación académica acreditativa del curso anterior, a fin de comprobar la continuidad en los estudios y la no repetición del curso, así como declaración de los ingresos familiares, a efectos de comprobar que no se supera el tope del 1.000.000 pesetas, por cada miembro de la unidad familiar.
 

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