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Documentos necesarios para recibir una asistencia
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Documentos que deben acompañarse
a la solicitud:
En todos los casos.
-Documento
Nacional de Identidad o Libro de Familia. -Para los extranjeros
pasaporte. -Para los estudiantes no universitarios, certificado del centro de
estudios donde se especifique el curso y especialidad que realizan, así como el
abono de -cuotas del Seguro Escolar. -Para los estudiantes universitarios,
resguardo del impreso de matrícula en el que conste el curso, facultad y abono
de la cuota del Seguro Escolar. -Resguardo del abono de cuotas del Seguro
Escolar del curso anterior, a efectos de justificar la cotización de un año,
excepto en caso de accidente escolar, prestación de infortunio familiar por
fallecimiento y tocología (quedan exentos de este requisito los estudiantes que,
durante el año académico anterior, hayan realizado estudios no incluidos en el
Seguro Escolar).
Específica de cada
prestación
a) Prestaciones económicas propiamente
dichas:
Indemnizaciones por incapacidades derivadas de accidente
escolar: -Parte de accidente escolar. -Certificado médico que
especifique el proceso evolutivo e indique las secuelas definitivas, así como la
disminución de la capacidad del accidentado, en orden a los estudios que
realizaba.
Indemnizaciones por gastos de sepelio derivados de accidente, sea o no
escolar, y enfermedad: -Parte de accidente (sólo si es accidente
escolar). -En caso de fallecimiento por enfermedad, informe médico en el que
se haga constar que el afiliado ha fallecido a consecuencia de la misma en los
dos años siguientes a la fecha en que la contrajo y que la imposibilidad de
continuar los estudios ha durado hasta su muerte. -Certificado de defunción
tanto para accidente como enfermedad.
Indemnizaciones por infortunio familiar. -Libro de Familiar y
título de familia numerosa cuando se ostente esta condición. -Certificado de
defunción, en caso de fallecimiento del cabeza de familia. -Documento que
especifique claramente el hecho causante de la ruina o quiebra, así como la
fecha en que sucedió la misma, en su caso. -En caso de prórroga de la
prestación de infortunio familiar, certificación académica acreditativa del
curso anterior, a fin de comprobar la continuidad en los estudios y la no
repetición del curso, así como declaración de los ingresos familiares, a efectos
de comprobar que no se supera el tope del 1.000.000 pesetas, por cada miembro de
la unidad familiar.
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